Chile está implementando cambios en su legislación para la importación de plantas ornamentales, específicamente en la «Resolución Exenta Nº 3570/2023». Esta resolución establece medidas de manejo de riesgo para prevenir el ingreso de Opogona sacchari en plantas para sembrar de especies hospedantes.
Entre las medidas destacadas, se encuentra la obligatoriedad de una cuarentena post-entrada para envíos de plantas y partes de plantas de especies ornamentales procedentes de Costa Rica. Para levantar la suspensión de carácter de urgencia establecida a partir del 14 de agosto de 2023, los envíos deben estar amparados por un Certificado Fitosanitario Oficial emitido por la autoridad fitosanitaria del país de origen. Además, se establecen declaraciones adicionales para ciertas especies:
Se establece que el material debe provenir de un programa de producción oficial, de viveros o centros de repositorios de germoplasma controlados por el organismo fitosanitario oficial del país de origen, y se debe indicar el código único del lugar de producción y del empaque en el certificado fitosanitario.
Para cumplir con estos nuevos requisitos, los empacadores deben reportar todos sus sitios de producción (fincas) al Departamento de Certificación Fitosanitaria del Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) mediante una carta firmada por el representante legal, enviada al correo electrónico exportaciones@sfe.go.cr. Cada sitio de producción o finca recibirá un número consecutivo asignado por el Departamento de Certificación Fitosanitaria.
Fuente: Servicio Fitosanitario del Estado Fecha: 27-julio-2023
Implicaciones para Costa Rica
En 2022, las exportaciones de plantas ornamentales de Costa Rica hacia Chile alcanzaron un valor de 900 mil USD. Además, durante el período comprendido entre 2018 y 2022, estas exportaciones experimentaron un crecimiento anual promedio del 9%.
Dado el crecimiento que ha experimentado el sector en los últimos años, es crucial que las autoridades fitosanitarias y los productores costarricenses estén plenamente informados acerca de estas regulaciones y tomen las acciones necesarias para asegurar su cumplimiento, evitando así posibles retrasos o restricciones en el comercio de plantas ornamentales entre ambos países. La conformidad con las disposiciones chilenas será fundamental para mantener y fortalecer las relaciones comerciales y garantizar la continuidad exitosa de las exportaciones en el futuro.
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