La nueva Ley de Modernización de la Inocuidad Alimentaria (FSMA), realizó una serie de cambios a la legislación anterior de la FDA, en la cual esta entidad era la responsable de la inocuidad alimentaria, situación que cambió con el reglamento “Foreign Supplier Verification Program (FSVP)”, el cual les ha traspasado esta responsabilidad a los importadores de alimentos, lo que lo convierte en una de las modificaciones más importantes para alimentos importados.
De esta forma, los importadores tendrán varias atribuciones legales en Estados Unidos, desde aprobar previo al embarque de frutas y hortalizas su despacho, hasta exigir que los productores y el resto de la cadena en origen, cumpla con el 100% de las normas que rigen a los productos en Estados Unidos, incluidas las normas de transporte.
Asimismo, el importador también deberá implementar sus propios planes de análisis de peligros a la inocuidad de los productos que importa, y luego tener implementados sus planes de prevención y control de sus instalaciones en este país, lo que incluye la verificación de todas las normas de esta nueva Ley.
Lo anterior ha generado que los importadores de este mercado, se vuelvan mucho más exigentes con sus proveedores extranjeros, específicamente sobre los sistemas de inocuidad alimentaria que tienen en el país de origen.
Cabe mencionar que el importador debe primero establecer su propio sistema de inocuidad, para lo cual debe contar con un “individuo calificado” (definido en FSVP, aplica igualmente para exportadores) para desarrollar una evaluación del riesgo de peligros de cada producto a importar por cada proveedor. Luego de este paso, deberán establecer sus propios planes de acción y control, los que deberán compartir con sus proveedores para que ellos les señalen cómo cada uno les apoyará con la información de cómo minimizan sus riesgos de peligros de inocuidad, acorde a los planes que tanto productores, como empacadores, instalaciones frigoríficas y transporte hacia los puertos, deberán cumplir.
Fuente: Portal Frutícola Fecha: 14-noviembre-2017.
Implicaciones para Costa Rica
En alertas anteriores publicadas por PROCOMER, se han señalado las modificaciones impulsadas por la FDA respecto a su legislación y normativa, la cual involucra alimentos y productos agrícolas frescos. Los exportadores nacionales deben estar al tanto de estos cambios y la forma en que deberá aplicarse a sus respectivos establecimientos, procesos y actividades, de allí que se hace necesaria la capacitación para determinar los puntos de mejora en los plazos de cumplimiento establecidos para tal efecto.
Además, al ser el importador el que debe responder ante la inocuidad alimentaria del alimento que está introduciendo al país, va exigir de previo a sus proveedores el cumplimiento y verificación de la normativa, por lo que la recomendación para los exportadores costarricenses es trabajar de forma coordinada con su comprador para evitar contratiempos en el proceso de internacionalización.
Basándose en esta Noticia, ¿en que nivel recomendaría este servicio a otros exportadores
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