San José, 24 de mayo de 2016. Una nueva regulación incorporada al convenio Internacional para la Seguridad de la Vida en el Mar (SOLAS), establece como obligación que el peso de los contenedores sea verificado y certificado antes de ser estibado (proceso de distribución y colocación de la carga) a bordo de un buque.
Dicha medida es una disposición de la Organización Marítima Internacional (OMI), y entrará en vigencia a partir del 1 de julio del 2016 a nivel mundial, para todas las naciones que aprobaron el convenio.
Para el Presidente de la Junta Directiva de PROCOMER y Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora esta nueva medida se orienta a dar más seguridad a las exportaciones. “Desde PROCOMER y el Ministerio de Comercio Exterior es nuestro deber trabajar con el sector productivo y con los equipos del resto de la Administración, para asegurar que las nuevas normas y mejoras en los procedimientos internacionales de transporte, en este caso marino, se implementen en el país con prontitud y de forma tal, que su implementación sea fluida y transparente, así como al menor costo posible”, indicó el ministro.
Con esta nueva disposición se establecen normas que obligan a que los buques y sus embarques de contenedores, operen en el marco de las capacidades brutas de peso y que no excedan los límites permitidos, condicionando la verificación del peso por mecanismos certificados. Lo anterior es con el fin de dar seguridad de la carga, al buque y a las personas que se dedican su operación, , explicó Lander Román, Coordinador de la Unidad de Logística de la Dirección de Inteligencia Comercial de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
La normativa SOLAS, establece dos métodos diferentes para verificar el peso de los contenedores previo a su estiba. El método A: es el procedimiento que consiste en pesar el contenedor lleno, después de la colocación y distribución de la carga y el sellado del mismo.
El método B: es el de cálculo, que tiene que ver con el pesaje individual de todos los bultos y elementos de la carga, añadiendo la masa de las paletas, la madera de estiba y demás materiales de embalaje, envasado y de contención que se fijen en el contenedor, así como la masa de la tara del contenedor.
Para realizar estas mediciones, las empresas deberán adquirir una romana o contratar el servicio a una empresa externa, en ambos casos los equipos que se utilicen para la verificación del peso bruto del contenedor tendrán que pasar por las normas establecidas por el Ente Costarricense de Acreditación (ECA).
Otra opción para la verificación del peso es utilizar las romanas de los puertos, actualmente, está disponible la de Puerto Caldera.
La nueva norma rige a partir del 01 de julio de 2016 a nivel mundial, y entrará en vigor por etapas. Durante el segundo semestre de este año, los embarcadores deberán reportar la masa bruta verificada del total de contenedores llenos a las navieras contratadas, la información tendrá condición de declaración jurada.
A partir del 01 de enero de 2017, los embarcadores deberán contar con la debida calibración y acreditación de sus sistemas de pesaje, de parte de ECA o a quien este autorice para dicho proceso.
Desde el 1 de julio de 2017, las empresas exportadoras que utilicen el método B deberán contar con la debida acreditación de método por parte de un organismo de acreditación, y tendrán que comunicar la masa bruta verificada del contenedor mediante del Documento de Expedición, requerido por el MOPT y por la Naviera. Dicho documento deberá ser transmitido tanto a las compañías navieras como a las terminales portuarias por las que se exportará el contenedor.
La transmisión de este documento deberá realizarse con al menos 24 horas de anticipación, previo a la carga del contenedor. En caso de que la compañía naviera ejecute algún proceso de confirmación de la masa bruta declarada y se determine una diferencia mayor a una tonelada (1.000 kg), podrá negarse el abordaje de este contenedor al buque.
De acuerdo con Sebastián Urbina, Viceministro de Transporte y Seguridad Vial, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el convenio SOLAS viene a reforzar la seguridad marítima y garantizar que el contenido de las cargas sea el correcto. “Costa Rica será uno de los primeros países en Centroamérica en cumplir con el convenio, y como nuestro interés es ir más allá estamos solicitando que la verificación sea realizada por ECA”.
Sobre SOLAS
El Convenio SOLAS está considerado como el más importante de todos los convenios internacionales relativos a la seguridad de los buques, constituyéndose como un pilar de la Organización Marítima Internacional. La primera versión fue adoptada en 1914, en respuesta a la catástrofe del Titanic, y a partir de ese momento ha venido siendo objeto de una serie de enmiendas que se ajustan a la realidad imperante del sector marítimo y su desarrollo tecnológico.
Actualmente se encuentra en vigencia la quinta edición, emitida en 1974 y vigente desde 1980, la cual de igual forma ha sido sometida a múltiples modificaciones. Dicho convenio tiene como objetivo principal establecer normas mínimas relativas a la construcción, el equipamiento y la utilización de los buques, compatibles con su seguridad. Costa Rica se adhiere a esta convención en el año 2009 tras su aprobación en la Asamblea Legislativa bajo la ley N. º 8708.
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