De acuerdo con la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA), a partir del 30 de abril pasado, se debe cumplir en forma obligatoria la Resolución No. 002-AG-2016, la cual indica que todos los productos importados denominados “néctares”, deben contar con un 35% de fruta (ver Reglamento COPANIT 31-53 de 1999), aquellos que no cumplan con esta normativa serán retirados de su comercialización en territorio panameño. La AUPSA realizará operativos en conjunto con el Ministerio de Salud y la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) de Panamá, para garantizar el cumplimiento de la Resolución citada.

Fuente: AUPSA   Fecha: mayo-2016